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📚 ¿Vas a tramitar una Autorización de Estancia por Estudios en España? 🙋🏻♂️ Para hacerlo, necesitarás una matrícula de estudios 🙇🏻 ¿Deben ser estudios presenciales? 🤔 ¿Se admite una formación online? ✅ Te explicamos todo lo que debes saber al respecto ➡️ https://www.parainmigrantes.info/tarj... ___ ¿Tienes alguna duda? 💻 Haz tu consulta por videollamada 👉🏼 https://app.bookitit.com/es/hosteds/w... ☎️ Llámanos al 807 50 20 19 (sólo válido si estás en España) 🌍 www.parainmigrantes.info ⭐️⭐️⭐️⭐️⭐️ ¿Te ha resultado útil este vídeo? ¡Danos tus 5 estrellas! 👉🏼 https://g.page/parainmigrantesvicente... ✅✅✅✅✅ ¿Quieres pedir presupuesto o que nos encarguemos de tus trámites? Rellena este formulario y te informaremos de todo: 📋 https://www.parainmigrantes.info/cont... Como ya sabéis España se ha convertido en los último en un muy buen destina para venir no solo a trabajar o residir sino también a estudiar. Gracias a la gran variedad y tipos de formación que se pueden desarrollar aquí, son muchos los que deciden trasladarse a España, bien para realizar una formación completa o bien para completar la que ya se tiene. Por ello, si eres ciudadano extranjero extracomunitario debes gestionar una Autorización de Estancia por Estudios para estar en España de forma totalmente legal, y para poder hacer este permiso necesitas una matrícula de estudios, ¿deben ser presenciales? ¿Puede ser una formación online? TARJETA DE ESTUDIANTE EN ESPAÑA Como cualquier otro permiso en España, para poder conseguir una Autorización de Estancia por estudios debes cumplir una serie de requisitos como: No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadanos de la Unión.del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadanos de la Unión. No figurar como rechazable en el espacio territorial de los países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido. En caso de solicitar la autorización desde España, encontrarse regularmente en territorio español. Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías: Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia. Para el sostenimiento de sus familiares, mensualmente, el 75% del IPREM para el primer familiar y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia. No se computarán a estos efectos las cuantías utilizadas para sufragar el coste de los estudios. Haber abonado la tasa de tramitación del procedimiento. Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España. En el supuesto de estudiantes menores de edad que no vengan acompañados de sus padres o tutores, autorización de éstos, con constancia del centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto. Haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.En el caso de que la duración de la estancia supere los seis meses, se requerirá: Cuando se trate de mayores de edad penal, carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años por delitos existentes en el ordenamiento español. No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. Lee la noticia completa aquí ➡️ https://www.parainmigrantes.info/tarj...