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0:00 Intro 1:43 ¿Qué información nos da una NOTA SIMPLE REGISTRAL? 6:22 ¿Qué información nos da el CERTIFICADO URBANÍSTICO DEL AYUNTAMIENTO? 7:22 Ejemplo de un inmueble libre de cargas pero con limitaciones urbanísticas 10:35 Usos del inmueble 12:35 ¿Quién solicita todos estos documentos? 13:48 Si se derrumba el edificio ¿Qué consecuencias tendré estando mi piso fuera de ordenación? 15:00 En caso de derrumbe o catástrofe ¿Cubre el seguro los gastos? Inmueble libre de cargas pero con limitaciones urbanísticas Un inmueble libre de cargas en el Registro de la Propiedad no garantiza que no existan limitaciones administrativas o urbanísticas. Cuando estemos interesados en adquirir un suelo o un inmueble, con carácter previo a tomar cualquier decisión y sobre todo, formular oferta económica, debemos solicitar y analizar la nota simple del registro de la propiedad correspondiente. ¿Qué información nos da una NOTA SIMPLE REGISTRAL? Nos da seguridad jurídica sobre, los siguientes puntos: Nos indica la calificación urbanística, si es un inmueble o suelo rústico o urbano. Su número de referencia o nº de finca registral. La descripción de la finca o inmueble: Ubicación, metros cuadrados, lindes, distribución interior, calificación urbanística. Ahora se coordina con el catastro para que exista concordancia entre los datos registrales y los catastrales. Los datos del titular o propietario actual, y el título por el que es propietario. La fecha en la que se adquirió, el notario en el que se llevó a cabo la operación. Afecciones fiscales: Toda transmisión de la titularidad de un inmueble conlleva una afección de la finca al pago de los impuestos. Cargas:es el apartado más importante y el que debe ser analizado por un abogado especializado. Refleja la situación del inmueble, en cuanto a las cargas que nos puede afectar y las limitaciones que tiene. Asientos pendientes de inscripción: Refleja si hay pendiente de inscripción alguna transmisión del inmueble o anotación de un embargo que pueda frustrar nuestra intención. ¿Qué información nos da el CERTIFICADO URBANÍSTICO DEL AYUNTAMIENTO? Calificación urbanística del suelo según en vigente PGOU del municipio: suelo urbano o suelo rural. Características del inmueble tales como ubicación, tipología, uso principal, superficie de ocupación, superficie construida, número de plantas y programa funcional, limitaciones. Año de construcción. Plano de ubicación del inmueble en la parcela catastral. Si dispone de cédula de habitabilidad o segunda ocupación. Autorizaciones para vertidos, fosa séptica, alcantarillado si está afecto al impacto medioambiental. ¿Qué información nos da el CERTIFICADO DE INFRACCIÓN URBANÍSTICA? No existe anotación preventiva de incoación de expediente disciplinario urbanístico. No existe un expediente de restauración de la legalidad urbanística no orden de demolición. Más información: https://www.marinymateoabogados.es/in... ¿Vas a comprar una vivienda y necesitas conocer la realidad jurídica del inmueble para evitar sorpresas? En Marín y Mateo Abogados SLP, contamos con abogados especialistas, por lo que te orientaremos adecuadamente y aclararemos todas tus dudas. ¿Cómo puedes consultar a nuestro despacho de abogados de Valencia, Madrid y Barcelona? Puedes realizar tu CONSULTA a través de nuestro formulario de contacto: https://www.marinymateoabogados.es/ab... por Whatsapp 634125338 mediante vídeo conferencia llamándonos al 963 202 876 Estaremos encantados de atenderle.