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Renovación de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia Lugar de presentación: Presencialmente, ante la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia en la que resida el trabajador. Información de la dirección, teléfonos y horarios de atención al públicoEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.. Electrónicamente, a través de la Plataforma de Extranjería MercurioEnlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva.. Requisitos para su tramitación No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión. Carecer de antecedentes penales en España. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido. En su caso, acreditar la escolarización de los menores a su cargo en edad de escolarización obligatoria. Poder acreditar uno de los siguientes supuestos: Continuar con la actividad que dio lugar a la autorización que se va a renovar, siempre que se hayan cumplido las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Que el cónyuge o la persona con la que el trabajador mantenga una relación análoga a la conyugal dispone de los requisitos económicos suficientes para reagruparle. Si la unidad familiar incluye dos miembros, la cuantía mínima que se deberá acreditar es la que represente mensualmente el 150% del IPREM. Si la unidad familiar está compuesta por más de dos miembros, por cada miembro adicional se deberá sumar al 150% del IPREM mencionado el 50% del IPREM. Ser beneficiario de la protección por cese de actividad. con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–07) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el trabajador. Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor. En su caso, informe emitido por las autoridades autonómicas, o las competentes en cada caso, o del centro educativo que acredite la escolarización de los menores a su cargo que estén en edad de escolarización obligatoria. Documentación según el supuesto por el que se solicita la renovación: Si se continúa con la actividadque dio origen a la concesión de la autorización que se va a renovar: no es preciso aportar ninguna documentación. Si el cónyuge del trabajador o la persona con la que el extranjero mantenga una relación de análoga afectividad a la conyugal dispone de los requisitos económicos suficientes para reagrupar al trabajador: Documentación a aportar: Documentación acreditativa de la existencia del matrimonio o de la relación de pareja. Acreditación de los medios económicos. Si tiene otorgada protección por cese de actividad. Documentación a aportar: Acreditación de la concesión de la protección. En el supuesto de no poder acreditar alguno de los requisitos exigidos, se podrá aportar, para valoración por la Oficina de Extranjería, de un informe positivo de esfuerzo de integración de la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia en el que conste la participación en acciones formativas y el conocimiento de las lenguas oficiales.