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Tras el fallo del Tribunal de Justicia Europea en contra del Ministerio de Hacienda de España, en el que declaraba nulas las sanciones “desproporcionadas, que atentaban contra la libre circulación de capitales, a través de la UE”, finalmente el Ministerio de Hacienda ya ha reformulado como será el nuevo modelo 720: Su presentación seguirá siendo obligatoria antes del 31 de marzo de 2022 para los bienes o capitales en el extranjero no declarados desde el 01 de enero de 2021. Quedan eliminadas las sanciones de entre 5.000 y 10.000 por incumplimiento u omisión de información, así como la cuota de sanción del 150% sobre el tramo del IRPF, por lo que los afectados podrán solicitar la devolución del dinero. A partir de ahora, las sanciones por omisión de información, pasarán a ser de entre 150€ y 250€, de acuerdo con el Régimen General del IRPF. El plazo de prescripción de activos no declarados en el extranjero pasa a ser de 4 años, por lo que cualquier personas con bienes en el extranjero superiores a 50.000€ no declarados por miedo a recibir sanciones elevadas, puede proceder a declararlos sin ningún tipo de problemas.