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Las obras recuperadas http://siseguridad.es/blog/2019/01/ac... son dos sillares de piedra caliza con unas dimensiones de 35x45x30cms., y un peso aproximado de 35 kilogramos cada uno. En una de sus caras tienen tallados en bajorrelieve unos personajes que muestran entre sus manos unos libros y que se han interpretado como la representación de dos de los evangelistas. Las piezas forman parte del rico repertorio iconográfico que decora la ermita visigoda de Nuestra Señora de las Viñas, en la provincia de Burgos, en origen un templo de tres naves del siglo VII, del cual actualmente se conserva integra tan solo la cabecera. La escultura arquitectónica de la ermita destaca por su extraordinaria calidad de labra, con unos motivos de marcado origen oriental, y por su colocación tanto en el interior como en el exterior. Esta característica la hace única en el altomedievo hispano, cuyos monumentos se decoran principalmente en su parte interior pero no en la parte externa de los muros. Los dos relieves recuperados proceden de alguna de las partes del templo que no han llegado hasta nuestros días, lo que impide darles un significado y una función exacta en el conjunto de la arquitectura de la iglesia. Fueron robados en 2004 del interior del templo, donde se encontraban junto con otras piezas. Recuperados en Londres dos relieves visigodos del siglo VII sustraídos en Burgos en 2004 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Segurpricat Consulting http://segurpricat.com.es/es/segurpri... le ayuda en la gestión del Plan de Autoprotección internacional que incluye la prevención laboral en los procesos de internacionalización de su empresa: El Plan de Autoprotección Internacional esun documento específico en el cual debe formar parte el sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales en cualquier centro de Trabajo en el extranjero.Para las empresas españolas en el extranjero es obligada su elaboración y su aplicación debe responder a los criterios de la normativa en vigor, teniendo en cuenta la legilación laboral del país donde se encuentre el proyecto industrial : •La Ley 35/ 1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Medidas de emergencia (Articulo 20) •El Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo: Norma Básica de Autoprotección El Artículo 20, de la LEY 31/ 1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece la obligación de carácter general de prever las posibles situaciones de emergencia, adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación, designar el personal encargado de poner en práctica estas medidas y organizar las relaciones con servicios externos a la empresa. Esta Ley 31/1995, sin embargo, no cubre suficientemente los requerimientos de prevención y reducción de riesgos en determinados casos. Actualmente, la reciente “Norma Básica de Autoprotección” publicada por Real decreto 393 / 2007, de 23 de marzo, si los cubre, y establece una estructura y unos contenidos para un mayor desarrollo del plan de autoprotección, compatible con los objetivos y el desarrollo que requiere el articulo 20 de la Ley 31/1995. El objetivo de la Autoprotección es prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, estableciendo las obligaciones del empresario para conseguirlo. La identificación de los riesgos, la determinación de las acciones y medidas necesarias para la prevención y el control de los mismos, así como las medidas de protección y las actuaciones a adoptar en caso de emergencia para su instalación, garantizan, no sólo el cumplimiento con la normativade Autoprotección, sino también un aumento de la Seguridad en definitiva es proporcionar criterios para la elaboración de planes de autoprotección y/o medidas de emergencia adaptados a las características de la empresa o centro de Trabajo en el extranjero con un programa a desarrollar: • Marco normativo especifico nacional y internacional. • Criterios de aplicación del plan de autoprotección. • Estructura y contenidos