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Más de 765.000 sanciones y 416 millones recaudados: ese es el balance de la Ley Mordaza desde su aprobación en 2015. Su constitucionalidad está en duda desde entonces. Así lo manifestaron los grupos parlamentarios del PSOE, IU, Grupo Mixto, UPyD, CIU y PNV. Recurrieron la norma y ahora será sometida a examen por el Tribunal Constitucional. El estudio afecta a doce artículos. Nos centraremos en los cuatro más polémicos: Primero, las devoluciones en caliente: la Ley de Seguridad ciudadana permite rechazar en la frontera de Ceuta y Melilla a los extranjeros que intenten entrar ilegalmente en España. La propuesta del Constitucional es anular esa norma y aplicar la legislación en materia de extranjería. Esta incluye el derecho a un abogado, a un intérprete o a presentar recurso. Segundo, registros corporales externos, al desnudo: la ley los autoriza a los cuerpos y fuerzas de seguridad cuando existan indicios racionales que conduzcan al hallazgo de instrumentos, efectos u otros objetos relevantes para el ejercicio de sus funciones. La norma puede lesionar el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona. El motivo: resultar desproporcionada y no concretar los motivos específicos que permitan aplicarla. Tercero, manifestaciones. La ley sanciona como infracción grave: “La perturbación grave de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones o manifestaciones frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, aunque no estuvieran reunidas (…)”. La propuesta estudia exigir razones fundadas. Así quien la paralice debería explicar la imposibilidad de adoptar otras medidas preventivas menos gravosas. Cuarto. Uso de Imágenes: la normativa vigente sanciona la utilización, sin autorización, de imágenes o datos de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El Tribunal estudia su anulación. Apunta a que si la difusión de datos o imágenes sirve al interés general, deberá permitirse en aras de la libertad de información. Si los cambios en la normativa salen adelante deberán decidirlo los magistrados, que tienen que estudiar y deliberar el borrador de esta sentencia. Suscríbete a nuestro canal: https://bit.ly/2U8nM0q Visita: https://www.publico.es/ Síguenos en Facebook: / diario.publico Síguenos en Twitter: / publico_es Síguenos en Instagram: / publico.es Únete a la República de Público: https://bit.ly/2GKg4Sx ¡Bienvenido al CANAL de Youtube de Público! Periodismo, investigación y compromiso para construir un mundo más igualitario. ¡Suscríbete ya a nuestro canal!: https://bit.ly/2U8nM0q