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Cálculo de una nómina con ANTICIPO. Vemos cómo, en el apartado de deducciones debemos tener en cuenta el anticipo pagado durante el mes al trabajador. La parte abonada anteriormente, no hay que volverla a pagar. Por eso, para el cálculo del líquido total a percibir, se debe restar del total devengado con el resto de deducciones. Este es el octavo vídeo de un ciclo de vídeos con diferentes casos, que se irán complicando poco a poco. Si tienes duda sobre alguna nómina específica, pregúntame por comentarios e intentaré ayudarte. Nota: en la aportación de la empresa a la Seguridad Social, se ha utilizado el 1% para la cotización a AT/EP porque aunque depende del tipo de actividad de la empresa e incluso del tipo de puesto, el 1% es el más habitual. ACTUALIZACIÓN (01/01/2025): desde la publicación del video hasta la fecha de esta actualización, no han variado ninguno de los porcentajes de deducción de la Seguridad Social. Lo único que han variado, cada año, son los topes mínimos y máximos en las bases de cotización. Las de el año 2024 han sido: Para el grupo de cotización 1: 1.847,40 €/mes - 4.720,50 €/mes Para el grupo de cotización 2: 1.532,10 €/mes - 4.720,50 €/mes Para el resto de grupos de cotización: 1.323,00 €/mes - 4.720,50 €/mes Además, se aplica un nuevo porcentaje: el MEI, o mecanismo de equidad intergeneracional, es una cotización adicional que se creó en 2023 para fortalecer el sistema de pensiones de la Seguridad Social. Es un porcentaje que va subiendo cada año y está previsto que se aplique hasta 2050. En 2023, 2024 y 2025 el porcentaje del MEI ha ido creciendo y ha sido del 0,60%, el 0,70% y el 0,80% respectivamente. Del porcentaje del 0,80% que se ha fijado en 2025, los costes se reparten así: Al trabajador le corresponde pagar el 0,13% (0,12 % en 2024). A la empresa le correspone el 0,67% (0,58% en 2024). Los autónomos soportarán el 0,8%.