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El abogado laboralista Àlex Fontelles, explica el despido objetivo por causas imputables al trabajador. Suscríbete a tu canal: / @fontellesadvocats Despido por causas objetivas. Es una medida que adopta el empresario por causas ajenas al trabajador, pues dependen del funcionamiento y de la necesidad de la empresa. Las circunstancias legales que motivan este despido son las causas económicas, causas técnicas, causas organizativas y causas de producción, además de aquellas condiciones del trabajador sobrevenidas que impiden la funcionalidad de un puesto de trabajo. ¿Cuáles son las causas del despido objetivo? Un despido objetivo se puede fundamentar legalmente por el empresario según las siguientes causas: POR LAS CIRCUNSTANCIAS DEL TRABAJADOR. Aunque en el despido objetivo no depende de la conducta personal del trabajador como sucede en el disciplinario, existen motivos tasados por los cuales la empresa puede despedir a un trabajador por causas que afectan al desarrollo de su trabajo y, sobre todo, a la organización de la empresa. INEPTITUD DEL TRABAJADOR Cuando a un trabajador le aparece una incapacidad para desarrollar su puesto de trabajo, el empresario puede motivar un despido por dicha causa, siempre y cuando cumpla con la definición de lo que se entiende por “ineptitud”. Así, el Estatuto exige que dicha incapacidad impida el desempeño de la totalidad de las funciones inherentes a su puesto y que debe ser conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación en la empresa. Asimismo, se establece una protección a aquellos trabajadores que han sufrido una movilidad funcional, es decir, cuando se varían las funciones del trabajador no correspondientes a su grupo profesional. En este sentido, no podrá invocarse como causa de despido objetivo la ineptitud del trabajador o por no adaptarse a las nuevas funciones que le ha asignado la empresa. FALTA DE ADAPTACIÓN A LAS MODIFICACIONES TÉCNICAS. Los avances tecnológicos y en los procesos técnicos provocan que algunos trabajadores tengan que reciclar sus conocimientos en la materia a la que se dedican para un mejor funcionamiento. Para que proceda el despido objetivo para los trabajadores que no se adaptan a las nuevas técnicas, se exige que la empresa previamente les haya facilitado la formación pertinente y un periodo de adaptación de dos meses como mínimo. Si el trabajador, a pesar de los medios puestos a disposición por la empresa, no se adapta a las nuevas demandas, entonces se entenderá justificado el despido objetivo por falta de adaptación del trabajador. FALTAS DE ASISTENCIA CONTINUAS, AÚN JUSTIFICADAS. Este tipo de despido se puede producir cuando el trabajador tenga ausencias en el trabajo aún justificadas más de un 20% de la jornada dentro del periodo de dos meses consecutivos o del 25% en cuatro meses discontinuos, a lo largo de un año. Se entiende que este despido, aunque las ausencias no sean culpables por parte del trabajador, afecta a la organización y funcionamiento de la empresa, y por eso existe esta previsión legal reconocida al empresario.