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Reconocida la protección complementaria por integración laboral: el decreto del Tribunal de Florencia de 24 de diciembre de 2025 Buenos días, soy el abogado Fabio Loscerbo y este es un nuevo episodio del podcast Derecho de la Inmigración. En este episodio analizamos un decreto especialmente relevante dictado por el Tribunal ordinario de Florencia el 24 de diciembre de 2025, al término del procedimiento inscrito bajo el número de registro general 6262 del año 2024. Se trata de una decisión que aclara de forma precisa el alcance de la protección complementaria basada en la integración laboral tras las modificaciones introducidas por el Decreto-ley número 20 de 2023. El caso se refiere a un ciudadano extranjero a quien la Comisión Territorial había denegado el reconocimiento de las formas de protección internacional mayor. Ante el Tribunal, la solicitud se limitó exclusivamente a la protección complementaria, fundada en particular en el derecho al respeto de la vida privada construida en Italia a través de un proceso de integración estable, especialmente desde el punto de vista laboral. El Tribunal de Florencia estimó el recurso y reconoció el derecho a la expedición de un permiso de residencia por protección especial, ordenando al Questore competente que procediera a la emisión del título. La decisión resulta significativa porque aclara que la reforma de 2023 no eliminó la tutela de la vida privada y familiar del extranjero, ni vació de contenido el instituto de la protección complementaria. Según el Tribunal, la derogación parcial del artículo 19 del texto único de inmigración incidió en la tipificación legislativa de los criterios, pero no en la sustancia de la protección, que continúa apoyándose en los principios constitucionales y en las obligaciones internacionales, en particular en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Al valorar el caso concreto, el órgano judicial otorgó un papel central a la integración laboral del recurrente. Se tuvieron en cuenta la existencia de una relación laboral estable y regular, la autonomía económica alcanzada, la disponibilidad de una vivienda legal y una red de relaciones sociales coherente con una presencia respetuosa de las normas. En este contexto, la expulsión del territorio nacional habría resultado desproporcionada y lesiva del derecho al respeto de la vida privada. Un aspecto especialmente relevante del decreto se refiere al factor tiempo. El Tribunal afirma que la integración alcanzada durante el período necesario para examinar las solicitudes de protección no puede considerarse ficticia ni irrelevante. El tiempo de espera es tiempo de vida real, durante el cual se consolidan vínculos sociales y profesionales que el ordenamiento jurídico no puede ignorar. El mensaje que se desprende de esta decisión es claro: la integración, y en particular la integración laboral, sigue siendo el verdadero criterio jurídico para el reconocimiento de la protección complementaria. No se trata de una amnistía, sino de un instrumento de equilibrio entre la tutela de los derechos fundamentales de la persona y la gestión del fenómeno migratorio. El decreto del Tribunal de Florencia de 24 de diciembre de 2025 constituye, por tanto, un punto de referencia importante para comprender la evolución de la jurisprudencia en materia de protección complementaria tras 2023 y ofrece indicaciones operativas concretas para los profesionales del derecho de la inmigración. Gracias por escuchar y hasta el próximo episodio del podcast Derecho de la Inmigración.